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Queremos instrucciones para el nuevo permiso parental

 

Desde el sindicato CSIF nos hemos dirigido a los ministerios de Hacienda y Función Pública y al de Trabajo para que el nuevo permiso parental de 8 semanas para promover la conciliación se retribuya a las personas trabajadoras que lo soliciten conforme establece la directiva europea en la que se inspira esta medida.

 La Directiva (UE) 2019/1158 fija en su artículo 8 la remuneración del permiso parental: ”El Estado miembro o los interlocutores sociales definirán dicha remuneración o prestación económica y lo harán de manera que se facilite el que ambos progenitores puedan disfrutar del permiso parental”.

 Esta retribución debería ser inmediata en el caso de los empleados públicos puesto que todos los permisos tienen carácter retribuido de acuerdo con el Estatuto Básico del Empleado Público.

 Por otro lado, en el caso de las personas trabajadoras de la empresa privada se deben adoptar las disposiciones legales reglamentarias y administrativas que se precisen para cumplir esta directiva.

 Sin embargo, el decreto aprobado por el Consejo de Ministros del pasado 27 de junio, en su disposición final octava,evita de manera expresa el desarrollo de esta prestación.

 Nos hemos dirigido a Función Pública para que se dicten las instrucciones oportunas al conjunto de Administraciones Públicas sobre la obligatoriedad de retribuir el permiso parental para el conjunto de empleadas y empleados públicos.

 En lo que se refiere a la empresa privada, CSIF ha remitido escrito al Ministerio de Trabajo para que se desarrollen las disposiciones legales reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en dicha Directiva y se remunere dicho permiso en el ámbito de la empresa privada.

 No entenderíamos que un Gobierno que ha venido abanderando públicamente el reconocimiento de los derechos para las personas trabajadoras en materia de conciliación, ahora restrinja el disfrute del permiso parental por las dudas que está generando la transposición de la directiva en nuestro ordenamiento jurídico.

 Desde CSIF recordamos, además, que España llega un año tarde a esta medida, puesto que la directiva marcaba el 2 de agosto de 2022 como fecha límite para su transposición.

 

 

 

 

 

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