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El Consejo de Gobierno aprueba el nuevo decreto que regula la adjudicación de viviendas públicas en Canarias

La norma sustituye el sistema de sorteo por un modelo de baremación objetiva y refuerza los requisitos de arraigo y residencia

El texto amplía las reservas para jóvenes, mayores, personas con discapacidad y víctimas de violencia de género

 

El Consejo de Gobierno de Canarias, a propuesta del consejero de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad, Pablo Rodríguez, ha aprobado este lunes, 9 de marzo, el nuevo decreto regulador del Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias y del régimen de adjudicación de viviendas de promoción pública.

La norma introduce una reforma estructural en el sistema de acceso al parque público. El anterior modelo basado en el sorteo queda sustituido por un procedimiento reglado de baremación, sustentado en criterios objetivos vinculados a la situación económica, social y familiar de las personas solicitantes. Con este cambio, el Ejecutivo autonómico refuerza los principios de equidad, transparencia y seguridad jurídica, garantizando que las viviendas se asignen conforme a parámetros verificables y ajustados a la realidad de cada unidad de convivencia.

Entre las novedades del nuevo sistema también se incorpora una importante simplificación administrativa del proceso de inscripción en el Registro de Demandantes. A partir de ahora, se sustituye la cita previa y la visita presencial por un formulario que podrá cumplimentarse de forma telemática, mediante una declaración responsable en la que la persona solicitante indique que cumple los requisitos exigidos. Esta medida permitirá agilizar los trámites, facilitar el acceso al registro y reducir tiempos de gestión para los ciudadanos.

El decreto incorpora además un refuerzo sustancial de los requisitos de residencia y arraigo. Para poder resultar adjudicataria de una vivienda protegida de promoción pública, será necesario ser mayor de edad o menor emancipado, estar inscrito en el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias y acreditar una residencia en la Comunidad Autónoma de al menos doce años de forma ininterrumpida, o quince en caso de residencia discontinua.

Asimismo, se exigirá residencia o desempeño laboral ininterrumpido durante un mínimo de cinco años en el municipio donde se ubique la promoción, con anterioridad a la publicación del procedimiento de adjudicación. Este requisito no será aplicable a las víctimas de violencia de género cuando la situación sufrida haya imposibilitado su permanencia en el municipio de residencia habitual, circunstancia que deberá acreditarse conforme a la legislación estatal vigente.

En paralelo, el decreto consolida y amplía los cupos de reserva para colectivos prioritarios, reforzando el carácter social del sistema público de vivienda. Se establece una reserva mínima del diez por ciento del total de viviendas en cada promoción para personas con limitaciones funcionales graves o totales en movilidad o comunicación, distribuyéndose internamente entre quienes requieren el uso permanente de silla de ruedas u otros dispositivos técnicos de apoyo y quienes presentan limitaciones graves acreditadas sin necesidad de dichos dispositivos. Además, se fija una reserva mínima del veinte por ciento para jóvenes de hasta treinta y cinco años, del diez por ciento para personas de sesenta y cinco o más años y del ocho por ciento para víctimas de violencia de género, mientras que el cupo para personas emigrantes retornadas podrá alcanzar hasta un máximo del uno por ciento.

Con esta actualización normativa, el Gobierno de Canarias consolida un modelo más justo, transparente y orientado a la protección efectiva del derecho a la vivienda, priorizando a quienes acreditan arraigo en el territorio y mayores necesidades sociales.

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